El staking de Ethereum dejó de ser un experimento técnico: millones de españoles tienen ETH bloqueado en Lido (stETH), en Rocket Pool (rETH) o en nodos validadores propios. Hacienda no distingue protocolos, pero sí distingue tipos de renta en el IRPF. Esta guía se centra exclusivamente en la fiscalidad del staking de ETH en España: cuándo nace obligación tributaria, qué casilla usar y cómo encadenar recompensas + venta sin duplicar base imponible.
Si aún no tienes claro el marco general, empieza por cómo declarar criptomonedas en España. Para airdrops y restaking (EigenLayer), cruza con fiscalidad de airdrops y restaking.
Qué es el staking de ETH y por qué confunde a Hacienda
Tras The Merge (2022), Ethereum pasó a proof-of-stake: quien bloquea ETH (directamente o vía un protocolo líquido) recibe recompensas periódicas, normalmente expresadas como APY del 3–5 % anual según condiciones de red y comisiones del validador.
Fiscalmente hay dos hechos distintos que muchos mezclan:
- Rendimientos por mantener/participar en el staking → suelen ser rendimientos del capital mobiliario (integrados en la base general del IRPF, art. 25.4 LIRPF).
- Venta o intercambio del ETH (o del token líquido) → ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro (art. 33 y ss. LIRPF).
Ignorar la primera capa hace que, al vender, declares una plusvalía inflada porque el coste de adquisición del ETH no incluyó las recompensas ya devengadas.
Staking líquido con Lido (stETH): mecánica y tratamiento
Lido emite stETH, un token que revaloriza diariamente respecto al ETH subyacente (rebases). No recibes ETH suelto en la wallet: tu saldo de stETH crece.
Paso 1: depósito ETH → stETH (swap inicial)
Cuando envías 10 ETH a Lido y recibes ~10 stETH, fiscalmente transmites esos 10 ETH. Si los compraste a 1.800 €/ETH y el día del depósito valen 3.200 €/ETH:
| Concepto | Cálculo |
|---|---|
| Valor de transmisión | 10 × 3.200 = 32.000 € |
| Coste de adquisición | 10 × 1.800 = 18.000 € |
| Ganancia patrimonial (base del ahorro) | 14.000 € |
Esa plusvalía se declara en el ejercicio del depósito, aunque no hayas tocado euros fiduciarios.
Paso 2: recompensas implícitas (rebases de stETH)
Durante 2025 tu saldo pasa de 10 stETH a 10,42 stETH sin vender nada. El incremento (0,42 ETH equivalente) es rendimiento del capital mobiliario. Si el ETH cotiza a 3.500 € de media en el periodo:
| Concepto | Cálculo orientativo |
|---|---|
| Rendimiento imputable (ejercicio 2025) | 0,42 × 3.500 ≈ 1.470 € |
| Integración IRPF | Base general (rendimientos capital mobiliario) |
| Tipo marginal orientativo | El de tu escala general (puede superar el 30 % en rentas altas) |
Momento de devengo: el criterio prudente es fin de cada ejercicio o cada rebase documentado, valorando en euros el incremento. La AEAT no ha fijado regla técnica para stETH; lo que no puedes hacer es esperar solo a la venta.
Paso 3: venta de stETH por euros
Si vendes 10,42 stETH a 3.600 €/ETH (37.512 €) y tu coste de adquisición del stETH (ETH inicial + recompensas ya imputadas como rendimiento) está bien calculado, la plusvalía en base del ahorro será menor. Error típico: coste = solo los 18.000 € del ETH original → Hacienda puede reclamar doble tributación sobre las recompensas.
Validador propio con 32 ETH: matices
Quien ejecuta un nodo validador (32 ETH + hardware/cloud) recibe recompensas en ETH nativo. El análisis fiscal es paralelo al de Lido:
- Recompensas periódicas → rendimientos del capital mobiliario (particular sin actividad económica).
- Penalizaciones (slashing) → pueden generar pérdidas patrimoniales o reducción del rendimiento imputable; conviene documentar el evento.
- Comisiones cobradas a terceros por operar validadores para otros → umbral de actividad económica (modelo 130/131, IVA si aplica).
La custodia en un VPS alemán no convierte automáticamente el staking en «extranjero» para el modelo 721: revisa si un tercero tiene tus claves. Más detalle en modelo 721 criptomonedas.
Tabla resumen: tipo de hecho y base del IRPF
| Operación | Base IRPF | Tipo orientativo (ejemplo renta alta) |
|---|---|---|
| Recompensas staking (ETH, stETH rebase) | General — rendimientos capital mobiliario | Escala general (hasta ~28 % estatal + autonómica) |
| Swap ETH → stETH / rETH | Ahorro — ganancia patrimonial | 19–28 % según tramo |
| Venta stETH → EUR | Ahorro — ganancia patrimonial | 19–28 % |
| Actividad profesional validación | General — rendimientos actividad | Escala general + posible IVA |
Ejemplo numérico completo (ejercicio 2025, declaración 2026)
Perfil: asalariado, tipo marginal general ~37 %, tramos ahorro hasta 21 %.
- Enero 2025: compra 5 ETH a 2.000 € (coste 10.000 €).
- Marzo 2025: deposita en Lido; ETH a 2.500 € → plusvalía (5 × 2.500) − 10.000 = 2.500 € (base ahorro, ~525 € de cuota al 21 %).
- Diciembre 2025: saldo 5,18 stETH; recompensa 0,18 ETH × 2.800 € = 504 € rendimiento capital mobiliario (~186 € cuota al 37 %).
- 2026: vende todo a 3.000 €/ETH → 15.540 €. Coste stETH = 12.500 € (10.000 + 2.500) + rendimiento ya imputado ajusta base → plusvalía en ahorro acotada.
Sin registrar el paso 3, la venta parecería generar 5.540 € de ganancia en lugar de la cifra real tras ajustar rendimientos.
Errores que suelen disparar requerimientos
- Declarar solo la venta en euros ignorando rebases de stETH.
- Usar el precio de compra de 2019 como coste sin actualizar por rendimientos imputados en años intermedios.
- Tratar el staking como minería sin ser actividad económica (dispara discusión con Hacienda).
- No conservar CSV de Lido, Beaconcha.in o export de la wallet durante al menos 4 años.
Obligaciones informativas y documentación
- Modelo 100 / Renta WEB: rendimientos y ganancias patrimoniales según casillas vigentes.
- Modelo 721: solo si hay custodia extranjera de claves y superas umbrales (50.000 € inicial).
- SII / facturación: no aplica al particular que solo hace staking pasivo.
Documenta: hash de transacciones, capturas de APY, tipo EUR del día (fuente habitual: mercado con volumen en EUR o conversión documentada).
Preguntas frecuentes
¿Rocket Pool (rETH) se declara igual que Lido?
Sí, en esencia: token líquido que acumula valor respecto al ETH depositado. El depósito inicial es transmisión; el crecimiento del saldo, rendimiento; la venta, plusvalía con coste corregido.
¿Las comisiones de Lido (10 %) reducen la base imponible?
Las comisiones del protocolo ya están reflejadas en el neto de recompensas; no son gastos deducibles del IRPF para el particular en la forma habitual.
¿Y si hago staking en Binance o Kraken?
El exchange custodia las claves → valorar modelo 721 si el proveedor no está en España. Las recompensas suelen aparecer en el historial fiat del exchange; úsalo como prueba de devengo.
¿El ETH 2.0 bloqueado antes del Merge tributa distinto?
El hecho imponible actual sigue el mismo esquema; lo relevante es cuándo pudiste disponer de las recompensas y en qué token están.
¿Conviene declarar voluntariamente si nunca he imputado rebases?
La regularización voluntaria puede limitar recargos; consulta con asesor antes de presentar ejercicios abiertos.
¿El restaking de EigenLayer sobre stETH complica esto?
Sí: puede generar nuevos tokens (airdrop/restaking) con reglas propias. Ver fiscalidad airdrops y restaking.
Fuentes consultadas: Agencia Tributaria — monedas virtuales, Ley 35/2006 del IRPF (arts. 25.4 y 33), consultas doctrinales generales sobre rendimientos de activos digitales.
Información divulgativa. No sustituye asesoramiento fiscal personalizado.



